Facturación electrónica, homologada por DGI, gratis en Uruguay.
De acuerdo a la resolución correspondiente de DGI, las empresas habilitadas, en este caso nuestra empresa, mediante el servicio FacturaYA, ofrecen a sus clientes los beneficios tributarios indicado más abajo.
Observar que se debe cumplir con las condiciones indicadas. Al aplicar para este beneficio, las empresas dependiendo del plan, pueden obtener un crédito que en algunos casos dejan el costo del sistema de e-factura en $0, descontando los beneficios fiscales si aplican.
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Detalles e información útil.
1.- Normativa
- Decreto No 206/2019 de 22 de julio de 2019
- Resolución No 3.738/2019 de 11 de octubre de 2019
2.- Beneficio tributario – Crédito a usuarios de servicios de soluciones de facturación electrónica, siempre que sean provistos por un proveedor habilitado, por un monto relacionado al costo de los mismos.
3.- Contribuyentes a los que alcanza el beneficio – Comprende a aquellos contribuyentes usuarios de soluciones de facturación electrónica que verifiquen alguna de estas condiciones:
- inicien actividades,
- se encuentren comprendidos en IVA mínimo,
- sus ingresos en el ejercicio anterior a la prestación del referido servicio, no hayan superado la cifra equivalente a UI 750.000 (setecientas cincuenta mil unidades indexadas) convertidas a la cotización vigente a la fecha de cierre del ejercicio de la empresa, según corresponda.
4.- Límites del crédito – El crédito se otorgará por los servicios prestados entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021.
Tendrán derecho a un crédito sobre el monto mensual efectivamente abonado y no podrá exceder de 80 UI (ochenta unidades indexadas) mensuales convertidas a la cotización vigente al 1o de enero de cada año.
5.- Información a brindar por las empresas beneficiadas – Los beneficiarios deberán brindar al proveedor habilitado con que operen, información de que cumplen con las condiciones establecidas en el artículo 1o del Decreto 206/019 indicando:
- Datos del usuario – número de RUC y denominación
- Condición por la cual obtiene al beneficio:
*Sus ingresos en el ejercicio anterior no superaron el límite equivalente a UI 750.000 convertidas a la cotización vigente al cierre de su ejercicio.
*La fecha de inicio de actividades, si la misma acaeció en el ejercicio declarado *Contribuyentes comprendidos en IVA mínimo
Información DGI